Reglamento de mediación, conciliación y arbitraje en materia de consumo
La Ley N°21.398 “Pro-Consumidor” que se publicó el 24 de diciembre de 2021, incorporó una letra g) en el inciso segundo del artículo 3° de la Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.
El artículo consagra el derecho básico de todo consumidor de acudir siempre ante el tribunal competente conforme a las disposiciones establecidas en la LPDC. Asimismo, se establece la posibilidad de que, una vez surgido un conflicto con un consumidor, las partes puedan someterlo a mediación, conciliación o arbitraje.
El pasado 13 de diciembre de 2022, el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo publicó el Reglamento de mediación, conciliación y arbitraje en materia de consumo que establece las medidas para la adecuada aplicación de estos mecanismos. Este reglamento estaba sujeto a un periodo de vacancia legal de 6 meses, comenzando a regir el 14 de junio del año 2023.
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